Ayudas a consumidores
electrointensivos

Ayudas de hasta el 85% de los costes para financiar el apoyo a las renovables, la cogeneración de alta eficiencia y la generación de energía en las islas.

El plazo de solicitud para aplicar a las ayudas termina el 20 de julio.
Se exige presentar una memoria explicativa del consumo de energía eléctrica y de los peajes de acceso, entre otros requisitos.
¿Cumples con los requisitos para aplicar? ¿Necesitas ayuda para preparar la documentación solicitada?

Escríbenos y te ayudamos.

    ¿En qué consisten las ayudas?

    Con estas subvenciones se pretende impulsar la contratación de electricidad de origen renovable, así como mejorar la eficiencia energética y la electrificación de procesos industriales.

    Las ayudas se destinan a la compensación de ciertos cargos repercutidos en los costes de la electricidad.

    Contemplan hasta un máximo del 85% de los costes imputables en los cargos repercutidos en los precios del suministro por la financiación de los costes de energías renovables, los costes de cogeneración de alta eficiencia y el 50 % del extracoste correspondiente a los territorios no peninsulares.

    ¿A quién van dirigidas?

    Se calcula que más de 600 empresas podrían ser beneficiarias:

    • Sólo de 62 CNAEs
    • Criterios de intensidad de consumo eléctrico:
    • Se deben cumplir para cada CUPS, durante 2 de los 3 años anteriores, estos 3 requisitos:
      • Volumen anual de energía eléctrica consumida > 1 GWh
        (Volumen no muy elevado)
      • Consumir en horas de periodo tarifario valle > 50% de la energía*
        (Implica procesos ininterrumpidos)
      • Peso relevante del consumo eléctrico en la empresa: ratio de:
        Consumo anual / Valor añadido Bruto de la instalación > 1,5 kWh / €**
        (Industrias “mayoritariamente” eléctricas)

    ¿Cuáles son los requisitos para obtenerlas?

    Las empresas beneficiarias deben cumplir una serie de obligaciones en los ámbitos del consumo, de la gestión de la energía y la eficiencia energética y de la contratación. Entre las obligaciones relativas a la eficiencia energética se incluyen:

    Sistemas de Gestión Energética – SGE (ISO 50.001)

    • Deberán disponer, antes de Dic/2022 de un Sistema de Gestión de la Energía auditado y certificado según la norma UNE-ES ISO 50001:2018

    Implantación de Medidas de Eficiencia Energética “rentables”

    • Implantar al menos cada 4 años y para cada uno de los emplazamientos incluidos en SGE, las actuaciones para la mejora del desempeño energético económicamente rentables: aquellas con PRS < 3 años.
    • Las actuaciones se derivarán de la auditoría energética que incluya el SGE.

    Reporting los 3 años posteriores al MITECO

    • Detalle de los consumos de electricidad y de los distintos tipos de combustibles.
    • Producción relevante y ratios de consumo eléctrico y térmico por unidad de producto.
    • Medidas implantadas, ahorros de energía final logrados y CO2 equivalente evitado.
    • Proyectos de I+D+I relacionados con la mejora de a eficiencia energética implementados en el periodo.

    Menos de la mitad de las empresas beneficiarias del Estatuto de Electrointensivos cumpliría con la obligación de contar con una ISO 50.001 certificada

    ¿Aún estás a tiempo?

    Cualquier organización, sea cual sea su sector de actividad y complejidad, podría diseñar e implementar un Sistema de Gestión de la Energía de acuerdo a la Norma ISO 50001 en el plazo de 6 meses.

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